De la M / O

M

MANUAL DE INSTRUCCIONES CONTABLES: Es un instructivo en la cual se describen las políticas y los procedimientos para orientar y apoyar el registro de las operaciones contables de una empresa.  En el caso de las instituciones del sector financiero la junta monetaria emitió el manual de instrucciones contables para entidades sujetas a la vigilancia e inspección de la superintendencia de bancos el cual entro en vigencia el 1 de enero del 2008 que es el carácter obligatorio para bancos sociedades financieras almacenes generales de depósitos casas de cambio y para aquellas entidades que forman parte de un grupo financiero: empresas especializadas en emisión y/o administración de tarjetas de crédito empresas de arrendamiento financiero empresas de factoraje entidades fuera de plaza o entidades off Shore y otras que califique la junta monetaria asimismo dicha junta emito manuales contables para aseguradoras afianzadoras y el instituto de fomento de hipotecas aseguradoras –FHA-.  En el caso de las casas de bolsa, compete a la bolsa de valores emitir la normativa contable para el registro de operaciones de dichas entidades.  Los manuales contables emitidos por junta monetaria contienen los apartados siguientes:

  • Disposiciones generales,
  • Catalogo de cuentas,
  • Descripción de cuentas y procedimiento de registro
  • Jornalización y,
  • Formatos de estados financieros

 

MARGEN: Es la ganancia que se espera obtener calculada por la diferencia entre el precio de compra y el de venta.

 

MEMBRESIA: Derecho a pertenecer a una organización o hacer uso de un servicio tal como el costo por el uso de una tarjeta de crédito.

 

MERCADO FINANCIERO: Termino para referirse a cualquier mercado organizado en que se negocian instrumentos financieros de todo tipo, tanto de deuda como de acciones.

 

META: Es un objetivo específico para lograr lo propuesto, en el corto, mediano o largo plazo.  Para que las metas sean alcanzables deben ser:

  • Claras
  • Concretas (que se puedan visualizar)
  • Realistas (que tomes en cuenta los recursos a tu alcance).
  • Medibles (con plazos para cumplirlas)

 

META FINANCIERA: Es identificar la cantidad de dinero que se necesita para lograr la meta establecida, así como la forma de reunirlo; esto es, el plan de ahorro requerido.

 

MINISTERIO DE ECONOMIA: Es el ministerio responsable de hacer cumplir el régimen jurídico relativo al desarrollo de las actividades productivas no agropecuarias, del comercio interno y externo a través de promoción de inversiones, accesos a mercados internacionales, elevando los índices de competitividad y el aumento de las importaciones y exportaciones, de la protección al consumidor, del desarrollo industrial y comercial.

 

MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS: Es el ministerio encargado de cumplir y hacer cumplir todo lo relativo a régimen jurídico hacendario del estado, la gestión de financiamiento interno y externo, la ejecución presupuestaria y el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.  El ministerio de finanzas públicas tiene como misión generar y administrar los recursos financieros y patrimoniales del estado de manera eficaz, equitativa y trasparente para alcanzar el bien común. Para mayor información visita el sitio Web: www.minfin.gob.gt

 

MINISTERIO PÚBLICO: Es una institución auxiliar de la administración pública y de los tribunales con funciones autónomas, que promueve la persecución penal y dirige la investigación de los delitos de acción pública y tiene como fin principal velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país.  Para mayor visita el sitio Web: www.mp.gob.gt

 

MINUSVALÍA: Perdida producida al vender un activo a un precio inferior al que se compro.

 

MONEDA: Es una pieza de metal emitida por los gobiernos de los países y sirve como medio de pago con poder liberatorio pleno.

 

MOROSIDAD: En finanzas es el atraso en el cumplimiento de una obligación o deuda, y supone para el deudor un pago adicional. Son afines a esta palabra los términos “mora”, “moratorio” y “demora”.  Cuando un usuario se retrasa en sus pagos – es decir que cae en mora- , las instituciones aplican una penalización expresada como intereses moratorios los cuales se representan en porcentaje y resultan más caros que los intereses normales.  Un riesgo que puede llevar a la morosidad es el aumento del crédito de consumo de la oferta de tarjetas de crédito sin previo análisis de la capacidad de endeudamiento de los clientes.  La moratoria es un derecho por un periodo definido especificado en el contrato, así como la pena que implica haber rebasado el periodo inicialmente pactado.

 

 

N

NIT: Número de identificación tributaria es el número asignado por la superintendencia de administración tributaria – SAT- el cual deberá consignarse en toda actuación que se realice ante la misma y en las facturas o cualquier otro documento que emitan de conformidad con la ley especifica de cada impuesto.

 

NOMINA: Es un documento contable que contiene la integración de trabajadores e indica lo que ganan monetariamente cada uno.  También se refiere al recibo individual y justificativo que indica lo que devengan monetariamente los trabajadores, incluyendo las prestaciones y deducciones correspondientes.

 

 

 

O

OBLIGACION FINANCIERA: Es un titulo de crédito, nominativo o al portador emitido con o sin garantía por las empresas o por el gobierno, y representa una parte de la deuda que emite para recabar capital.

 

OFICINA DE ATENCION A USUARIO: Es la oficina ubicada en la superintendencia de bancos que tiene por objeto atender al público sobre las consultas relacionadas con las funciones de la SIB y las operaciones que realizan las entidades supervisadas. Asimismo, tiene el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley de acceso a la información pública.

 

OPERACIONES ACTIVAS: Son las operaciones que realizan las instituciones financieras con el propósito de canalizar recursos tales como otorgar créditos efectuar inversiones y conceder anticipos para exportaciones.

 

OPERACIONES PASIVAS: Son las operaciones financieras con el propósito de captar recursos financieros, sobre los cuales dichas instituciones ofrecen explícita o implícitamente, seguridad o garantía, ya sea en cuanto a recuperabilidad mantenimiento de valor, rendimiento, liquidez u otros compromisos que implique la restitución de fondos, por ejemplo, recibir depósitos, emitir obligaciones financieras de obtener créditos de bancos nacionales y extranjeros.

 

ORDEN DE PAGO (TRANSFERENCIAS): Es una transferencia de fondos entre agencias u oficinas centrales de las instituciones bancarias. En el proceso interviene un ordenante una entidad bancaria y un beneficiario.

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